Deducciones en IRPF en alquiler, para el propietario.
Para todos los arrendadores que constituyan un contrato de alquiler a partir del 1 de enero de 2024 se beneficiarán de los cambios que aplica la Ley por el derecho a la vivienda, sobre los descuentos fiscales aplicados en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
La Ley fija hasta cuatro tramos de reducción, que se encuentran entre el 50%, con carácter general, hasta un 90%, cuando el inmueble se encuentre en una zona de mercado residencial tensionado.
Para que el arrendador pueda aplicarse ese porcentaje del 90% debe cumplirse un requisito, que la renta se hubiera rebajado en más de un 5%, respecto de la última mensualidad del contrato de dicha vivienda.
Esta medida beneficiará a aquellos inquilinos que aporten más del 30% de la renta media de los hogares para pagar el alquiler o, en el caso de los propietarios, aquellos que para pagar la hipoteca o el precio de compra haya subido 3 puntos más que la inflación.
Cuando una vivienda en una zona tensionada entra en el mercado del alquiler y tiene como inquilino una persona de entre 18 y 35 años, la reducción será del 70%. Este mismo porcentaje se aplicará cuando el arrendatario sea una Administración pública o entidad sin fines lucrativos que destinen la vivienda a alquiler social o para dar una solución habitacional a personas en situación de vulnerabilidad económica.
Además, si dos años antes de la firma del contrato de alquiler, la vivienda fuera rehabilitada se aplicaría una reducción del 60%.